Por Ana Salvador, logopeda miembro de la Comisión de Educación del Colegio Profesional de Logopedas de la Comunidad de Madrid (CPLCM)
El 23 de enero de 2021 el Consejo General de Colegio de Logopedas dio a conocer un documento que ha elaborado denominado “El logopeda en el marco de la escuela inclusiva”. Los objetivos principales de este documento son avanzar en la mejora de la atención educativa a los alumnos y alumnas con problemas de comunicación y lenguaje desde un enfoque interactivo y naturalista y dar a conocer y fundamentar una propuesta del rol que podría realizar el logopeda dentro del sistema educativo inclusivo a raíz de la última ley de educación (Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación), conocida como LOMLOE.
Esta nueva ley modifica a la anterior en su Art. 4 expresando su calidad de “educación inclusiva como principio fundamental, con el fin de atender a la diversidad de las necesidades de todo el alumnado, tanto del que tiene especiales dificultades de aprendizaje como del que tiene mayor capacidad y motivación para aprender”.
En palabras de Climent Giné, doctor en Psicología y profesor emérito de Blanquerna-Universitat Ramon Llull, “la actuación del logopeda no significa un mero cambio de lugar en el que se produce la intervención sino que representa un cambio profundo en el qué y en el cómo de su intervención. En cuanto al qué, la intervención del logopeda deja de centrarse en resolver los problemas del lenguaje que algunos niños tienen para convertirse en un apoyo para el maestro y la escuela. En cuanto al cómo, su labor se centra en enriquecer el clima comunicativo del aula actuando preventivamente con todos los alumnos y cuando sea necesario orientará y llevará a cabo medidas adicionales y específicas”.
Según el documento realizado, la función primordial del logopeda dentro de la escuela inclusiva será contribuir a que el entorno escolar sea un entorno comunicativo rico y variado que asegure un desarrollo armónico del lenguaje.
Para ello se adoptará un modelo basado en los sistemas de apoyo en niveles diferenciados, adoptando medidas universales, adicionales e intensivas.
- Por medidas universales se entienden aquellas dirigidas al contexto del alumno en el aula con carácter preventivo. Podrán ser, entre otras, orientar al profesorado para facilitar el desarrollo armónico de la comunicación y el lenguaje, diseñar sistemas y protocolos que permitan detectar precozmente las dificultades de comunicación y lenguaje de los alumnos y ofrecer estrategias favorecedoras de la intervención verbal al maestro.
- Las medidas adicionales están pensadas para aquellos alumnos que requieren apoyos complementarios, se trata de acciones que permitan ajustar la respuesta educativa vinculada a las actividades del aula.
- Por último, las medidas intensivas están reservadas para los alumnos en los cuales las medidas universales y las medidas adicionales son insuficientes para asegurar su participación y el aprendizaje de los objetivos marcados. Estas medidas adicionales e intensivas estarán orientadas especialmente para alumnos con sordera o problemas de audición, alumnos con trastornos graves en la comprensión y expresión del lenguaje que es necesario explorar, evaluar, diagnosticar y emitir un pronóstico de evolución y llevar a cabo el apoyo logopédico necesario; y para los alumnos que presentan dificultades en la alimentación y deglución para atender y orientar a los profesionales implicados.
Este documento también trata la complementariedad de las funciones del logopeda y del maestro de audición y lenguaje que deben coexistir y colaborar en la escuela inclusiva. Y es que el papel del logopeda es clave para una educación inclusiva.



